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La sentencia (QUE ES RECURRIBLE ante el Tribunal Supremo en casación) por lo que tendremos que esperar a ver la sentencia completa, estando atentos para ver como termina el proceso y si es favorable, proceder a reclamar estos 14 días, si al final se confirman
pero,.. también la misma noticia de la sentencia, dice que se deniega la parte de reclamación en relación a su convenio (laboral), y que el juez dice que NO porque argumenta que el real decreto ley establece un "estado de excepción" en la negociación colectiva por lo que su contenido prevalece sobre lo pactado en el convenio colectivo.
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